lunes, 6 de noviembre de 2017

Documentación

Los ciudadanos del espacio Schengen con estancias no superiores a 90 días en un periodo de 6 meses solo necesitaran su documento nacional de identidad. Si usted no de un país del espacio Schengen deberá venir provisto de un visado.

Lista de países del espacio Schengen: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos (Holanda), Polonia, Portugal, República Checa, Suecia, Suiza.

Para entrar en España existen tres tipos de visados

Visados de corta duración (Schengen). Estos visados habilitan para el tránsito o para una estancia en el territorio de España y en el del resto de los Estados Schengen cuya duración no sea superior a tres meses (90 días) en un periodo de seis (180 días) desde la primera fecha de entrada en el Espacio Schengen.

Visados nacionales (de larga duración). Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.

Visados de tránsito aeroportuario. Estos visados habilitan a su titular para atravesar la zona internacional de tránsito de un aeropuerto español.

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